jueves, 4 de diciembre de 2014

estacion 3

CASO 2

Nicolás es un aprendiz del programa de Tecnología en Multimedia,
desde el inicio de su formación hace tres meses y medio,
ha sido muy dedicado y cuidadoso en realizar las actividades
de formación que le han planteado sus tutores en la guías
de aprendizaje.Nicolás desea recibir la retroalimentación correspondiente
de los trabajos presentados para conocer cómo
le ha ido a lo largo de su proceso.

Sin embargo, cuando le solicita a su tutor dicha retroalimentación,
este le responde: “Usted debe saber cómo va, para
eso hizo las actividades”. Nicolás está muy preocupado porque
teme encontrar algunas sorpresas, además su tutor le ha
comentado que solo estará en el SENA por dos meses más,
porque debe irse para otra región a encontrarse con su familia.

Nicolás decide de manera respetuosa solicitar por escrito
los juicios de evaluación de sus evidencias y quiere hacerlo
cumpliendo con la normatividad del SENA.

De acuerdo con la intencion de Nicolas de hacer una solicitud oficial para recibir los juicios de evaluación de las evidencias presentadas:

1. ¿En qué capítulo, artículo e ítems del Reglamento de Aprendices, se debe amparar
Nicolás para hacer dicha solicitud de manera respetuosa y formal?

RTA/ Considero que se le esta violando el derecho especificado en el articulo No 7 en el numeral 11 (11. Ser evaluado objetiva e integralmente, con base en los criterios de evaluación y la ruta de
aprendizaje. y a conocer, dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes, los resultados de las
evaluaciones, así como las diferentes novedades académicas, cuando estas ocurrieren, tales
como amonestación, sanción, suspensión o cancelación del registro de matrícula.) y para dar solucon a su inconveniente seguir el numeral No 12 (12. Solicitar, de manera respetuosa, la revisión de las evaluaciones correspondientes, si considera
que el resultado no es objetivo, siguiendo el procedimiento establecido en este Reglamento.)

CASO 4

El comité de evaluación y seguimiento está reunido para analizar
unas situaciones que se han presentado con algunos
aprendices.

Al finalizar la reunión, uno de los miembros del equipo les manifiesta
a los aprendices que formalmente el subdirector del
centro les enviará un comunicado con la información pertinente,
pero como conclusión, les puede adelantar que se aplicarán
a tres aprendices las medidas formativas necesarias.

Las medidas serán: dos por faltas académicas y una por falta
disciplinaria. Adicionalmente, se va a brindar estímulos a dos
aprendices por su buen desempeño. Uno de los aprendices
plantea que no recuerda en qué consisten las faltas académicas
y disciplinarias.

De acuerdo con el Reglamento de Aprendices, explique a los compañeros lo siguiente:

1. ¿Cuáles son las medidas formativas y en qué consisten?

RTA/ Medidas Formativas. Las medidas formativas son aquellas acciones que se
aplican al Aprendiz SENA cuando se trate de hechos que contraríen en menor grado el orden
académico o disciplinario, sin afectar los deberes, derechos y prohibiciones, o que se adopta
con el fin de prevenir su ocurrencia, o con el fin de generar cambios en el desempeño académico
o en el comportamiento disciplinario del Aprendiz.

2. ¿Cuáles son las sanciones que pueden imponerse a los aprendices por faltas acadé-
micas o disciplinarias?

RTA/
Las sanciones que pueden imponerse por faltas académicas o disciplinarias son:

a. Llamado de atención escrito: Medida sancionatoria que se impone a través de comunicación
escrita dirigida por el Coordinador Académico o de Formación del Centro al Aprendiz, con copia
a la hoja de vida, como resultado del procedimiento establecido en este Reglamento, por la falta
académica o disciplinaria cometida por un aprendiz. Los llamados de atención escrito implican
compromisos escritos por parte del aprendiz en el proceso de formación.

b. Condicionamiento de la matrícula: Acto académico sancionatorio que se impone al Aprendiz
que incurra en una falta académica o disciplinaria, previo agotamiento del procedimiento
establecido en este Reglamento.
El condicionamiento de matrícula cesa cuando el Aprendiz cumple el plan de mejoramiento
concertado y /o compromisos escritos.
Una vez quede en firme el condicionamiento de la matrícula, el Subdirector del Centro debe
generar la pérdida de estímulos e incentivos que esté recibiendo el aprendiz, si los tuviere. Esta
decisión será determinada en el acto académico que ordene el condicionamiento de matrícula.
Cancelación de la matricula. Acto administrativo que se origina cuando persisten en el aprendiz
las causales que originaron el condicionamiento de matricula o por faltas catalogadas como
graves de acuerdo a la clasificación determinada en los artículos 25 y 26 del reglamento, en las
etapas lectiva y productiva. Implica que la persona sancionada pierde la condición de aprendiz
y no puede participar en procesos de ingreso a la institución por periodo entre 6 y 12 meses
cuando es de índole académico y entre 12 y 24 meses cuando es de índole disciplinaria, de
acuerdo a las recomendaciones del comité de evaluación y seguimiento.
Una vez en firme la sanción, debe entregar de manera inmediata el carné institucional y ponerse
a paz y salvo por todo concepto.

3. Mencione por lo menos dos estímulos o incentivos que el SENA ha adoptado para beneficio de los aprendices y que casos se otorgan.

RTA/
Los estímulos e incentivos forman parte del Plan Nacional Integral de Bienestar de los Aprendices
y de aquellos que, mediante alianzas o convenios, se adopten para beneficio de los aprendices,
entre ellos están:

a. Recibir mención de honor por su proceso investigativo o innovador, durante su proceso
de aprendizaje.

b. Ser postulado para realizar pasantía o intercambio nacional o internacional.

c. Ser designado como monitor de un tema específico en el cual demuestre competencia, en el
programa de formación, en la especialidad y actividades de formación que requiera su aporte.

d. Cuando termine su proceso formativo y cumpla el perfil y requisitos necesarios para llegar
ser instructor, formará parte del semillero de nuevos instructores del SENA, si así lo desea.

e. Reconocimiento a los aprendices por parte del Comité Evaluación y Seguimiento que se han
destacado por su excelente desempeño académico y actitudinal, con copia a la hoja de vida del
aprendiz y empresa patrocinadora.

Por la representación y participación destacada en eventos de aprendizaje, tecnológicos,
culturales, sociales y deportivos a nombre del SENA, el aprendiz podrá recibir reconocimiento,
incentivo o distinción.

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